Trabajadora que realiza numerosas horas extraordinarias al año sin que la empresa se las abone, sin que se las compense en descansos e, incluso, instándole a que firme los registros de jornada como si no las realizase. ¿Es legal?. ¿Qué puedo hacer?.
Nuestro cliente interesó, no solo el abono de las mismas (con su correcta cotización a la seguridad social) sino que solicitó la Extinción de la Relación Laboral con derecho a una Indemnización equivalente al Despido Improcedente.
La empresa está obligada a registrar correctamente la Jornada, a cotizar cada una de las horas extraordinarias y abonarlas (o compensarlas) al trabajador. Asimismo, está obligada a respetar el límite máximo de horas extraordinarias que el Convenio Colectivo Permite.
Consecuencias:
Indemnización de 91.305,15 euros + 4.000 euros en concepto de daños y perjuicios causados + 6.827,75 euros en concepto de horas extraordinarias.