El trabajador ha prestado sus servicios en régimen de interinidad durante más de 20 años para la Junta de Andalucía. La Administración le notificó el cese de su servicio debido a que su plaza había sido ocupada por un opositor, considerando que debía extinguir el contrato sin indemnización alguna.
Sin embargo, tras un análisis detallado del caso, llegamos a la conclusión de que la relación laboral entre el trabajador y la Administración era fraudulenta. En consecuencia, el cese de interinos debía considerarse como un despido improcedente. Al no haberse cumplido los requisitos formales exigidos legalmente para el despido de personal laboral de la administración, el Juzgado lo ha declarado improcedente, ordenando una indemnización al trabajador de 76.541,64 euros.
Este caso subraya la problemática del abuso en los contratos de interinidad fraudulentos y la necesidad de proteger los derechos de los trabajadores, especialmente en lo que respecta a los indefinidos no fijos y la normativa que regula los cese de interinos en el sector público.