La remisión del Certificado de Empresa al SEPE es un requisito obligatorio para la empresa. El incumplimiento de esta obligación puede implicar la imposición de sanciones administrativas al tratarse de un documento fundamental para que el Trabajador pueda solicitar su prestación por Desempleo.
En el supuesto en el que el SEPE comunique al trabajador la ausencia de este Certificado, el funcionario encargado tiene la obligación de admitir dicha solicitud de desempleo cumplimentando una Declaración de Carencia de Documentación en la Solicitud de Desempleo.
En otras palabras, el trabajador no podrá ser privado de su prestación por un incumplimiento unilateral del Empresario de remitir el Certificado de Empresa en plazo y forma.